martes, 11 de septiembre de 2012

PRÉSTAMO DE LIBROS Y AYUDAS DE COMEDOR


Estimadas familias:

Ante todo, bienvenidos al nuevo curso escolar, aunque comience ya con muchos trámites de papeles. Nos dirigimos a vosotros para explicaros la nueva normativa referente a cómo se va desarrollar la gestión de préstamo de libros de texto en los centros y la concesión de ayudas de comedor escolar.

PRÉSTAMO DE LIBROS:

Respecto a la normativa que va a regular el préstamo de los libros, la Comunidad de Madrid ha publicado la orden 9726/2012 con fecha de 24 de agosto en la cual se establecen los requisitos para acceder a la concesión de los libros.El sistema será de préstamo, lo que quiere decir que al alumno/a se le entregarán los libros con el sello del centro y deberá devolverlos al finalizar el curso escolar en buenas condiciones, puesto que de lo contrario no tendrá la ayuda para el curso siguiente.
       La Comunidad ha dotado al colegio de 2.442,61 euros, por lo cual calculamos que podremos adquirir unos 15 lotes de libros aproximadamente y los criterios que están establecidos en esta orden para acceder a dicho préstamo son los siguientes:

1. Alumnos tutelados por la Comunidad de Madrid.

2. Familias perceptoras de la renta mínima de inserción.

3. Familias en situación de intervención social por los Servicios Sociales.

4. Valoraciones de la situación familiar de los alumnos obtenidas en
precedentes convocatorias de becas y ayudas a la educación que hubieran estado basadas en criterios socio-económicos. Para este apartado se tendrá en cuenta la renta per cápita del año 2010 con ingresos inferiores a 2.450 euros. No se recogerán solicitudes con renta per cápita superior a esta cantidad.

La documentación a presentar será la siguiente:

- Respecto a los puntos 1 y 2 la documentación acreditativa de cada situación

- Respecto al punto 3 certificado de intervención económica por parte de los Servicios Sociales

- Respecto al punto 4 se aportará un certificado de hacienda con código de validación segura acreditando que la renta per cápita del año 2010 es inferior a 2.450 euros y libro de familia.

El plazo de presentación de la solicitud que se facilitará y entregará en secretaría será del 11 de septiembre al 19 del mismo mes ambos inclusive.

AYUDAS DE COMEDOR:

La nueva normativa por la cual se regirá es la orden 9955/2012 con fecha 30 de agosto. En dicha orden se establecen los precios reducidos que se abonarán por ser usuario del servicio:

1. Familias de renta mínima de inserción: se abonará 1,20 euros por cada día lectivo.

2. Víctimas del terrorismo, acogimiento familiar y renta per cápita inferior a 2.450 euros en el ejercicio del año 2010: se abonará 3,40 euros por día lectivo.

3. Resto de usuarios en servicio mensual: abonarán 4,80 euros por día lectivo.

4. Alumnado eventual: abonarán 5,60 euros por día lectivo establecido para todos los centros públicos de la localidad.

La documentación a presentar será la siguiente:

- En el caso del punto 1 documento acreditativo de dicha situación

- En el caso del punto 2 documento acreditativo de dicha situación y en el caso de renta per cápita inferior a 2.450 euros en el ejercicio del año 2010, se aportará certificado de hacienda con código de validación segura acreditando que la renta per cápita del año 2010 es inferior a 2.450 euros y libro de familia.

- En el caso de los puntos 3 y 4 no hay documentación a aportar.

El plazo de recogida de la solicitud y entrega de la documentación es el mismo que en el préstamo de libros.

Pueden descargar los impresos en los siguientes enlaces:

Solicitud ayuda libros.

Solicitud ayuda comedor.


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